Donde las cosas no tienen nombre

En el bar donde desayuno cada mañana, el dueño/camarero y los desayunantes de turno charlan sobre impuestos municipales. Por lo visto los bares y restaurantes deben abonar una tasa por anunciar productos y servicios propios (bocatas, comedor en el interior) a la calle. Cuesta comprender el sentido de la medida, ya que para los propietarios se trata de algo implícito en su actividad: promocionarse desde su propio local. Para el ayuntamiento de turno es una cuestión de gestión visual del espacio público.

Y hablando de tasas, el dueño recuerda los 90 € bimensuales que abona por tener la radio y la televisión funcionando en su bar. Por lo visto un bufete de abogados le remitió en su día una carta informándole de la conveniencia de realizar este pago a la SGAE, ya que no hacerlo podría acarrear consecuencias judiciales. El hombre, claro, se acojonó y ha empezado a pagar. ¿Qué bufete era ese? ¿Por cuenta de quién realizó ese mailing? ¿Qué porcentaje por tasa apalabrada se llevaba?

Desconecto de la conversación general y pongo en marcha mi dispositivo reflexionador guiado por un parcial y subjetivo sentido común: resulta que las emisoras de radio --la radiación de fondo de la inmensa mayoría de bares-- pagan religiosamente sus tasas a la SGAE por la música que emiten; pagan (imagino) por su licencia de actividad, o como mínimo su impuesto de sociedades. Creo que todo es correcto hasta aquí. Pero resulta que la fase final del proceso, la recepción de esas mismas emisiones gravadas en origen, también están sujetas a gravamen. La tasa no se aplica sobre la presencia de una radio o una televisión --aparatos que pagan su correspondiente canon incluido en el precio en el momento de su adquisición-- como servicio añadido al consumo de bebidas y comidas, sino sobre la escucha --inevitable, involuntaria, automática, indiferente-- del material sujeto a propiedad intelectual que llena parcialmente la programación. Me pregunto a quién debería remunerarse por escuchar esa otra parte que consiste en noticias o guiones originales redactados por el personal de las emisoras. Dado que los periodistas renuncian a los derechos de autor en sus contratos laborales, debería remunerarse a la entidad de gestión que se ocupara de la propiedad intelectual de las emisoras radiofónicas. Más aún, debería establecerse un porcentaje a repartir entre SGAE y emisoras en función del minutaje ocupado por la música y el material original. ¿Quién arbitraría ese porcentaje dado el inmenso espectro radiofónico? ¿Tiene sentido hacerlo?

Respecto a la televisión el problema es idéntico: éstas pagan sus licencias de actividad, sus impuestos de sociedades, pagan a la SGAE --puntualizo, creo que la única que paga religiosamente el canon a actores y directores es TV3, la televisión autonómica catalana-- por emitir contenidos audiovisuales sujetos a propiedad intelectual. Sin embargo, al otro lado del proceso, también existe otro hecho impositivo sobre el mismo material: la recepción individual en espacios privados de libre acceso. Caigo en la cuenta de que algunas radios y televisiones son públicas, no privadas: ¿qué pasa con las emisoras públicas? ¿Tiene sentido gravar la recepción de emisiones públicas libres, gratuitas y gravadas --como las privadas-- en origen? ¿Tiene sentido gravar emisiones de televisión privadas --gravadas en origen, como todas las demás-- para cuya recepción se abona previamente una cuota de suscripción?

Me pregunto si sería posible, en este contexto, que radios y televisiones trataran de recuperar parte del dinero que abonan por emitir material sujeto a propiedad intelectual gravando a su vez la recepción de sus materiales originales. ¿Cómo reaccionaría la audiencia? Es más, como soy un usuario/consumidor de a pie, mi populista sentido común me dice que esto es gravar dos veces el mismo producto o servicio.

Una última pregunta: ¿por qué nadie se molesta en controlar la distribución y exhibición indiscriminada de anuncios publicitarios? Si es inútil poner por escrito la respuesta, me gustaría que se pudiera aplicar en este caso el mismo razonamiento tautológico.

Mientras los parroquianos charlan y callan suena uno de los viejos éxitos de Dire Straits, luego This love de Maroon 5 y luego Grita de Jarabe de Palo. Me pregunto qué parte de los 90 € bimensuales llegará realmente a estos intérpretes en forma de cheque. Ahora suena Where the streets have no name de U2. Ya tengo título para este post.

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