Enlazar no es delito o el sexo de los ángeles

Sólo faltaría que lo fuera, porque eso significaría que los trillones de enlaces de todo tipo que componen Internet son susceptibles de demanda, y que todo dependería de que su destino, propósito y/o interpretación por parte de quien se sintiera perjudicado por su misma existencia les permitiera impugnarlos, ralentizando (estancando incluso) de un modo inconcebible la formación de nuevos servicios, ideas, comunidades, negocios... Por fortuna, la Audiencia de Madrid ha dictado sentencia firme a favor de Sharemula, una web que reúne enlaces a todo tipo de descargas en redes P2P.

Visto desde una cierta perspectiva resulta que estas demandas (las que se ganan, claro) tienen su lado bueno, porque arrojan cemento judicial sobre unas bases técnicas completamente universalizadas de facto, aunque a unos pocos les parezcan un delito flagrante. En el tema de los enlaces vamos a estar tranquilos mientras no cambie la ley, porque bastará con agitar el texto de la sentencia de Sharemula para hacer que cierren la boca. Podemos enlazar donde nos dé la gana no sólo porque técnicamente es posible sino porque además es legal; siempre y cuando no seamos los autores del contenido ni esté alojado en nuestro servidor (en caso de ser declarado ilegal). Probablemente ha sido un pequeño paso para la legislación pero un gran avance para los usuarios/consumidores, y todo gracias a la estupenda labor de David Bravo y Javier de la Cueva y también, cómo no, a unas industrias-que-se-llaman-a-sí-mismas-culturales cuyo empeño en poner puertas a un campo que no les pertenece ha provocado que se sancione una sólida argumentación que defiende precisamente lo contrario de lo que denunciaban.

Para mí --que no soy ni mucho menos un experto-- denunciar a una web porque enlaza adonde no debe es algo así como si alguien denunciara a Telefónica porque al distribuir esas cada día más inútiles guías de teléfono en papel estuviera facilitando "enlaces" a los teléfonos de millones de particulares, que de este modo se podrían ver expuestos a todo tipo de bombardeos publicitarios, acosos y un montón de cosas más (muy indecentes todas). Para acabar de rematar la paradoja, el mismo servicio en versión web toma un montón de precauciones para evitar que los robots malintencionados hagan acopio de teléfonos de particulares con el fin de revenderlos al mejor postor, cuando bastaría coger la guía en papel, escanear unos cientos de páginas, pasarles un OCR y hala, a marcar como un descosido (cosas más cutres se han visto).

Si dentro de unos años (no muchos, bastarán ocho o nueve) alguien se dedica a bucear en las hemerotecas para compilar una historia judicial de Internet puede que se sorprenda al ver que hoy se denuncian por perniciosas cosas que, analizadas con rigor y comparadas con situaciones analógicas precedentes, no sólo resultan inocuas para el supuesto perjudicado, sino que son cruciales para la existencia y la posibilidad de mejora de buena parte de la actividad digital. Dentro de una década puede que algún experto o gurú, visto lo visto, dictamine que estábamos debatiendo sobre el sexo de lo ángeles.

Pero lo más fuerte de todo es que, con esta sentencia en la mano, si Napster hubiera estado ubicada en España no habrían podido forzar su cierre. ¿Cómo sería entonces Internet? ¿Por qué patalearían las industrias-que-se-llaman-a-sí-mismas-culturales? ¿Qué uso de lo digital haríamos los usuarios/consumidores si eso no hubiera sucedido?

Comentarios

Abril ha dicho que…
Muy interesante este blog
El tecnócrata de letras ha dicho que…
Abril: pues espero que te pases por aqui a menudo y no dejes de intervenir.

Nos leemos!!!

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